TITULO DEL PUESTO: ESPECIALISTA EN PROYECTOS Y ACTIVIDADES AMBIENTALES II
Nº Plaza CAP: 256 - Nivel: P2
AREA FUNCIONAL : Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente
UNIDAD ORGANICA : Oficina de Áreas Protegidas y Medio Ambiente
1. LÍNEAS DE DEPENDENCIA Y AUTORIDAD
Depende directamente del Jefe de la Oficina de Áreas Protegidas y Medio Ambiente.
Ejerce supervisión sobre el Técnico Administrativo II.
2. FUNCIÓN BÁSICA
Desarrollar las actividades de evaluación de ingeniería concernientes a la formulación de actividades, proyectos y obras de ingeniería ambiental de la Entidad.
3. FUNCIONES ESPECÍFICAS
- Revisar y evaluar los requerimientos solicitados a nivel de solicitudes, estudios o expedientes técnicos de proyectos ambientales, emitiendo el correspondiente informe técnico.
- Efectuar evaluaciones en campo sobre la ubicación y características de los proyectos ambientales, constatando la compatibilidad de la propuesta con las condiciones y características de la zona, coordinando con las entidades públicas, privadas y asociaciones que se requieran para complementar la información requerida en los mismos.
- Elaborar la documentación técnica necesaria para efectuar los requerimientos de actividades, proyectos y programas ambientales.
- Elaborar especificaciones técnicas, términos de referencia, entre otros, para la contratación de consultores; así como formular os lineamientos bases para convenios sobre desarrollo de actividades, proyectos o programas ambientales.
- Efectuar la supervisión de la elaboración de Estudios de Pre-Inversión (Perfil, Pre-Factibilidad, Factibilidad) de Proyectos de Inversión Pública Ambientales que se desarrollen en la Oficina.
- Formular oportunamente los informes y recomendaciones pertinentes sobre las observaciones de casos en que se constaten que los estudios de Pre-Inversión y supervisiones no se ajustan a los términos de referencia y cláusulas de contratos o convenios suscritos con la Entidad.
- Elaborar y supervisar la elaboración de expedientes técnicos de proyectos ambientales, en lo que concierne a planos, metrados, presupuestos, análisis de costos unitarios, fórmulas polinómicas, cronogramas, especificaciones técnicas y estudios de suelos.
- Brindar el apoyo técnico en la absolución de consultas correspondientes al ámbito de su competencia, referentes a los proyectos en licitación y/o concurso público; así como, aquellos en ejecución, solicitadas por los consultores o proyectistas.
- Participar en comisiones de los procesos de selección de proyectos y actividades ambientales.
- Efectuar la actualización de presupuestos y calendario de compromisos de pagos
- Formular la programación de las actividades técnicas de los proyectos ambientales que requieren obras civiles; así como diseñar los medios de seguimiento y control
- Efectuar las liquidaciones de proyectos, estudios, programas y actividades ambientales ejecutados por administración directa, consultoría o servicios de terceros.
- Desempeñar las demás funciones inherentes a su cargo que le sean signadas por el Jefe de la Oficina de Áreas Protegidas y Medio Ambiente.
4. CANALES DE COORDINACIÓN
Interna:
- Jefe de la Oficina de Áreas Protegidas y Medio Ambiente.
- Jefes de Oficina del Gobierno Regional del Callao
- Personal de la Oficina de Áreas Protegidas y Medio Ambiente.
Externa:
- Grupos Organizados de Pobladores, Asentamientos Humanos
- Entidades e Instituciones diversas relacionadas a temas ambientales.
- Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y sus dependencias
- Ministerio de Transporte y Comunicaciones y sus dependencias
- Municipalidad Provincial del Callao y Municipalidades Distritales
- Contratistas y Consultores externos
5. REQUISITOS MÍNIMOS DEL CARGO
- Título Profesional Universitario de Ingeniero Civil o Arquitecto o Economista o Ing. Ambiental u otra profesión afín, Colegiado.
- Experiencia no menor de cinco (05) años de desempeño en elaboración y evaluación de proyectos civiles.
- Conocimientos de computación, manejo de entorno Windows y Microsoft Office
- Capacitación especializada en el Área, no menor a ocho (08) meses.
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