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TITULO DEL PUESTO : AUDITOR I : CONTADORES (3), ABOGADO (1).

Nº Plaza CAP: 021, 022, 023, 024 - Nivel: P1

AREA FUNCIONAL : Presidencia Regional

UNIDAD ORGANICA : Órgano de Control Institucional  

 1.- LÍNEAS DE DEPENDENCIA Y AUTORIDAD

Depende directamente del Jefe del OCI.

No ejerce autoridad directa sobre personal de la Oficina.

 2.- FUNCIÓN BÁSICA

Ejecuta los procedimientos del programa de las actividades y acciones de control posterior en las cuales participa, de conformidad a las normas, procedimientos y técnicas de auditoria y control gubernamental.

 3. FUNCIONES ESPECÍFICAS

  • Participar en las actividades y acciones de control de su ámbito, consignadas en el Plan Anual de Control.
  • Comprender y aplicar las pruebas de auditoria, desarrollando los procedimientos de los programas de las actividades y acciones de control, de acuerdo a lo establecido en las normas del Sistema Nacional de Control.
  • Elaborar cédulas y/o papeles de trabajo de acuerdo a los procedimientos establecidos en el programa de auditoria los cuales deben estar adecuadamente sustentados (evidencia suficiente, competente y relevante) y referenciados.
  • Mantener los papeles de trabajo de manera reservada y secreta durante el transcurso de la auditoria hasta la emisión del Informe Final.
  • Preparar y ordenar los archivos de la acción de control en la que participa y los organiza adecuadamente
  • Identificar los hallazgos de auditoria y/o deficiencias de control interno; así como, otros aspectos de importancia.
  • Formular recomendaciones para mejorar la metodología y desarrollo de la auditoria.
  • Reportar el avance de las actividades y acciones de control en las que participa al Auditor II (Auditor Encargado) y al jefe del Órgano de Control Institucional.
  • Informar al Auditor II sobre los asuntos o problemas en aspectos de auditoria que detecte.
  • Apoyar en la ejecución del control preventivo oportuno y no vinculante, de ser el caso.
  • Dar cumplimiento de las Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU en le ejercicio de su trabajo y la del personal a su cargo; así como, de las orientaciones contenidas en el Manual de Auditoria Gubernamental aprobado por la Contraloría General de la República.
  • Dar cumplimiento a las Normas que regulan el Sistema Nacional de Control y a las Normas de Conducta y Desempeño de los funcionarios y servidores de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional.
  • En el caso del Auditor I (especialista legal), adicionalmente, absolver las consultas de incidencia legal al jefe del OCI y al Auditor II correspondientes a las actividades y/o acciones de control; así como identifica el tipo de responsabilidad que emerge de las acciones de control (administrativa, civil y/o penal) y en su caso formula los Informes Especiales.
  • Desempeña las demás funciones inherentes a su cargo que le sean asignadas por el Jefe del OCI y/o Auditor II.

 4. CANALES DE COORDINACIÓN

Interna:

  • Jefe del OCI.
  • Gerentes, Jefes de Oficina
  • Personal de unidades orgánicas.
  • Personal del OCI.

5. REQUISITOS MÍNIMOS DEL CARGO

  • Contar con Título Profesional de Contador Público y/o abogado y tener Colegiatura y Habilitación en el Colegio Profesional.
  • Ausencia de impedimento o incompatibilidad para laborar al servicio del Estado.
  • Experiencia comprobable no menor de tres (03) años en el ejercicio del control gubernamental, en ejecución de programas de auditoria en entidades gubernamentales,
  • Ausencia de antecedentes penales y judiciales, de sanciones de cese, destitución o despido, por falta administrativa disciplinaria o proceso de determinación de responsabilidades, no mantener proceso judicial pendiente con la entidad por razones funcionales con carácter pre existente a su postulación, ni haber sido separado de la administración pública debido al desempeño negligente o insuficiente del ejercicio de sus funciones.
  • No tener vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con funcionarios y directivos de la entidad, aún cuando éstos hayan cesado en sus funciones en los últimos dos años; así como, no haber desempeñado en la entidad, durante los dos años anteriores, actividades de gestión en funciones ejecutivas o de asesoría.
  • Capacitación, acreditada por la Escuela Nacional de Control de la Contraloría General, o por cualquier otra Institución de nivel superior, Colegio Profesional o Universidad, en temas vinculados con el control gubernamental o la administración pública.
  • Aprobar el examen correspondiente de suficiencia en Control Gubernamental, en el cual participe el Jefe de OCI.
  • Conocimientos de computación, manejo de entorno Windows y Microsoft Office.

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